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    Auto Supremo AS/0338/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0338/2005

    Fecha: 14-Nov-2005

    PARTES: Mercedes Villca Cerrogrande c/ H. Alcaldía Municipal de Huanuni


    DISTRITO: Oruro

    PARTES: Mercedes Villca Cerrogrande c/ H. Alcaldía Municipal de Huanuni
    • AUTO SUPREMO N° 338 - Social Sucre, 14 de noviembre de 2005
    • PARTES: Mercedes Villca Cerrogrande c/ H. Alcaldía Municipal de Huanuni
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez
    • CONSIDERANDO: Que, entablada la demanda a fs
    • CONSIDERANDO: Que, revisados los antecedentes procesales, se evidencian los siguientes extremos
    • 2) La Corte de apelación, conociendo "en consulta" la sentencia antes señalada, reconoce que ninguna
    • 3) Ciertamente, es extraña y completamente ajena a la preceptiva jurídica, el comportamiento procesal que
    • 4) A su turno, la Corte de alzada, sin reparar en la atribución que le
    • Consiguientemente, corresponde resolver el recurso en la forma prevista por el art
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Relator: Ministro Dr. Alberto Ruiz Pérez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Alberto Ruiz Pérez
    • Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Sucre, 14 de noviembre de 2005
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.

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