POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en estricta aplicación
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en estricta aplicación de la previsión contenida en el artículo 424 inciso 1) de la Ley Nº 1970, RECHAZA el recurso de revisión extraordinaria de sentencia deducido por Rudy Rojas Fernández, salvando el derecho que el recurrente posee en mérito a la previsión contenida en el artículo 427 del mismo cuerpo de leyes
- PARTES: Ministerio Público y EMALT c/Rudy Rojas Fernández
- Peculado y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- Pronunciada dentro del recurso de revisión extraordinaria de sentencia interpuesto por Rudy Rojas Fernández, como
- CONSIDERANDO: que Rudy Rojas Fernández formula el recurso de revisión extraordinaria de sentencia en invocación
- Que adjuntando prueba de fojas 1 a 35 y vuelta solicita al Máximo Tribunal de
- CONSIDERANDO: que así planteado el recuro de revisión extraordinaria de sentencia, mereció el Auto Supremo
- CONSIDERANDO: que el recurso de revisión extraordinaria de sentencia está considerado como un recurso extraordinario,
- CONSIDERANDO: que del análisis del recurso en estudio, así como de la revisión de la
- En cuanto a la documental adjuntada por el recurrente a fojas 4, 8, 9, 10,
- CONSIDERANDO: que no obstante de haber sido admitido el recurso de revisión extraordinaria de sentencia
- Que por lo precedentemente relacionado se concluye, en consecuencia, que el recurso de revisión extraordinaria
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en estricta aplicación
- Relator: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, catorce de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
