Auto Supremo AS/0242/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2005

Fecha: 15-Dic-2005

Adolescencia de turno, y tenerse en cuenta el interés superior del menor, conforme manda el


POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia, con la facultad que le confieren los arts. 271-3) y 275 del Cód. Pdto. Civ., en desacuerdo con el dictamen fiscal, ANULA obrados, disponiendo se intente nueva demanda ante el Juez de la Niñez y

Adolescencia de turno, y tenerse en cuenta el interés superior del menor, conforme manda el art. 199 de la C.P.E. y 1 del C.N.N.A