Auto Supremo AS/0242/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2005

Fecha: 15-Dic-2005

c) El A


c) El A.V. de fs. 388 no ha valorado correctamente la disposición del art. 277 del ó d. Fam., en cuanto a la falta de legitimación activa ni el contenido mismo de la parte resolutiva del auto supremo de 4 de enero de 2000, que anuló "todo lo obrado", por lo que sólo tomó en cuenta la reproducción y ampliación de la demanda de 12 de mayo de 2000, antes de la vigencia del C.N.N.A., de ahí que mantuvo en su competencia al Juez de Partido de familia, aplicando el art. 6 de la L. N4 2026. El a quo en cambio atendió correctamente lo dispuesto en el auto supremo de 4 de enero de 2000