POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
Que resulta inadmisible éste recurso, por la falta de cumplimiento de los requisitos estatuidos en los Arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, al no establecer la contradicción en términos precisos con los precedentes citados, a ello se agrega que no contradicen al caso de autos, lo que limita al Tribunal Supremo la consideración del mismo, conforme el Art. 418 del mismo cuerpo legal.
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de los Arts. 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial y segunda parte del Art. 417 de la Ley 1970, declara INADMISIBLES los recursos de casación planteados por Laura Torrico Zapata y Edgar Bustamante Miranda, de fojas 207 y vuelta y 215 a 217, respectivamente
- PARTES : Ministerio Público c/ Laura Torrico Zapata y otro
- Transporte de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: que, la sentencia Nº 33/2005 de 29 de julio de 2005 de fojas 178
- CONSIDERANDO: que, Laura Torrico Zapata y Edgar Bustamante Miranda a fojas 207 y vuelta y
- Que la falta de cumplimiento de los requisitos formales que contemplan los Arts
- CONSIDERANDO: que, de la revisión detallada de los fallos supremos citados como precedentes se tiene
- II
- III
- CONSIDERANDO: que, Edgar Bustamante Miranda, interpone su recurso de casación dentro del término de los
- Que, la segunda parte del Art
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y devuélvanse actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
