Auto Supremo AS/0516/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0516/2005

Fecha: 06-Dic-2005

Que la falta de cumplimiento de los requisitos formales que contemplan los Arts


Que por otro lado es necesario señalar que el bicarbonato de sodio, se halla catalogado en el Anexo V de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias controladas, por resolución Ministerial Nº 00223 de 1992 en su Art. 2do. como base y el Art. 33 inc. a) de la Ley 1008 estatuye que: "se entiende por sustancias controladas, las sustancias peligrosas o sustancias fiscalizadas, los fármacos o drogas naturales o sintéticas consignadas en las listas I, II, III, IV y V del anexo de la presente ley, y las que en el futuro figuren en las listas oficiales del Ministerio de Salud Pública". Por lo que el transporte de dicha sustancia es prohibida y su permisión y consumo sólo es hasta 5 kilos, como establece la Resolución Administrativa de 14 de agosto de 2001 del Viceministerio de Defensa Social de la Dirección General de Sustancias Controladas; aspectos legales citados que no corresponden a la ahora recurrente, porque no cuenta con ninguna autorización para el traslado de esa sustancia.

Que la falta de cumplimiento de los requisitos formales que contemplan los Arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, acarrean la inadmisibilidad del recurso, deducido por Laura Torrrico Zapata, de conformidad con el Art. 418 de la Ley 1970