A fs
A fs. 497, Abel Agreda Méndez y Celsa Nogales de Agreda solicitan aclaración y enmienda y el tribunal de alzada, mediante auto de fs. 499, declara no haber lugar por ser claro y concreto el auto de vista de fs. 495-496. Finalmente, recurren de casación contra el nuevo auto de vista referido, agregando "también forma parte del recurso de impugnación contra el auto que desestimó la solicitud de complementación y enmienda del auto de vista recurrido en lo principal" (literal), aunque de éste último no mencionan su folio
- Recurrido de casación el auto de vista, la Sala Civil de la Corte Suprema dicta
- A fs
- En síntesis, el citado recurso se basa en los siguientes argumentos
- 4
- En conclusión, pide que este Tribunal de Justicia dicte auto supremo que anule el de
- CONSIDERANDO: Examinadoel recurso de casación en la forma, la Sala Civil Primera de la Corte
- No obstante, ninguno de los recursos señalan concreta y precisamente cuál es la ley o
- POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 11 de febrero de 2005
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
