Auto Supremo AS/0026/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0026/2005

Fecha: 11-Feb-2005

No obstante, ninguno de los recursos señalan concreta y precisamente cuál es la ley o


No obstante, ninguno de los recursos señalan concreta y precisamente cuál es la ley o son las leyes supuestamente infringidas en el auto de vista recurrido; si bien han citado las normas que regulan el trámite del recurso de casación, no lo hacen respecto de las que hubiesen sido violadas o aplicadas falsa o erróneamente, ni especifica en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se traten de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos, tal como exige el art. 258-2) del citado cuerpo legal; al contrario, pese a haberse presentado el recurso en ambos efectos, según se tiene aclarado, concluyen pidiendo la nulidad de obrados y no la casación, como debiera ser, teniendo en cuenta que los recurrente invocan el mencionado art. 253-5) del Código adjetivo civil. Por todo ello, el recurso deviene en la improcedencia