Auto Supremo AS/0106/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2005

Fecha: 31-Mar-2005

CONSIDERANDO: que el recurso de fojas 247 y vuelta tiene como principal fundamento la afirmación


4.- La jurisprudencia expuesta en el precedente invocado por los recurrentes, de data anterior a la nueva jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia, ha sido cambiada por la citada en el punto anterior, no es aplicable al sub lite por referirse a otro tipo penal que posee sus propias características.

CONSIDERANDO: que el recurso de fojas 247 y vuelta tiene como principal fundamento la afirmación de los recurrentes que manifiestan que dentro de la prueba de descargo ofrecida no existió una valoración integral de los elementos determinados y permitidos por ley, situación que implicaría violación del artículo 48 con relación al inciso m) del artículo 33, ambos de la Ley 1008