Auto Supremo AS/0092/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0092/2005

Fecha: 30-Abr-2005

De las citas legales precedentes se infiere que los beneficios sociales que prevé el art


De las citas legales precedentes se infiere que los beneficios sociales que prevé el art. 13 de la ley laboral y que favorezcan a cualquiera de los cónyuges son bienes comunes y por tanto partibles al 50% para cada uno de éstos, a única condición que los mismos hubieran sido obtenidos durante la vigencia del matrimonio. así se desprende de la inteligencia de la norma prevista por el art. 101 del Código sustantivo de la materia