Auto Supremo AS/0097/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2005

Fecha: 12-Abr-2005

Mientras tanto, el recurso de casación en la forma se dirige a invalidar una resolución


Mientras tanto, el recurso de casación en la forma se dirige a invalidar una resolución o el proceso dentro del que ha sido dictada aquélla, cuando hubiere sido pronunciada o sustanciada con violación de las formas esenciales establecidas por ley. En este caso, los vicios deben ser advertidos en el Auto de Vista por el Juez o Tribunal Ad quem el que debe anularlo. Si no lo hace procede el recurso de casación en la forma. Asimismo, cuando el Auto de Vista ha sido dictado por un Tribunal incompetente o mal constituido, la resolución también es incorrecta. En ambos casos, si el vicio se encuentra previsto como motivo de nulidad por la ley, procede el recurso de casación en la forma para que se anule el proceso o la resolución recurrida. La norma del artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, establece los casos de procedencia del mismo, constituyendo, éstos, los errores "in procedendo" que determinan la nulidad del proceso o de la resolución impugnada