Auto Supremo AS/0170/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2005

Fecha: 19-May-2005

Que el tribunal de alzada, al haber confirmado la sentencia, hubiera permitido que la misma


Que el tribunal de alzada, al haber confirmado la sentencia, hubiera permitido que la misma permanezca no sólo con vicios de nulidad, sino con una interpretación e incorrecta aplicación de la ley procesal penal, como los mencionados en el presente recurso planteado, cuyo Auto de Vista injusto les castiga con el pago de los daños civiles en su totalidad, amén de no haberse justificado, y menos probado, que en su supuesta conducta de receptadores la mercadería comprada de buena fe a la autora del hurto, Marcela Pérez Mendoza, ascendía a la suma total de $us 60 y Bs 978, de los cuales quedaba por cancelar Bs 378, conforme se desprendería de fojas 51 a 52 de obrados, con el advertido de que la autora del hurto sería la responsable absoluta y exclusiva por cualquier daño o perjuicio que se hubiese ocasionado contra el damnificado, por haber dado seguramente a la mercadería destinos diferentes (sic)