Auto Supremo AS/0174/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0174/2005

Fecha: 30-May-2005

CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, el Juez Primero de Partido Mixto y Liquidador de


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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 286-287, interpuesto por José Madrid Reynaga, contra el auto de vista de fs. 280-282, pronunciado el 12 de abril de 2003, por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso ordinario de nulidad de auto de vista, reconocimiento de derecho de propiedad, prescripción, pago de daños y perjuicios, seguido a demanda de Maythí Solares vda. de Fernández, contra Hilarión Roque Martínez y el recurrente; la concesión del recurso mediante auto de fs. 291, todo lo demás que ver convino y se tuvo presente para resolución; y,

CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, el Juez Primero de Partido Mixto y Liquidador de la ciudad de Llallagua, Departamento de Potosí, en cumplimiento de la nulidad decretada por auto de vista de fs. 234-235, emitió sentencia a fs. 238-248, disponiendo: "... Falla: Declarando Probada en parte la demanda de fs. 40 a 43, es decir, en cuanto se refiere a la anulabilidad del auto de vista Nº 117 y reconocimiento de propiedad e Improbada en cuanto a la prescripción y pago de daños y perjuicios demandados, igualmente Improbadas las acciones reconvencionales de fs. 56 y 84, así como la ampliatoria de fs. 87, sin costas, por ser doble el juicio, en consecuencia, anula el auto de vista Nº 117 de 11 de agosto de 2000, pronunciado dentro de la demanda de tercería excluyente interpuesta por Maythí Solares vda. de Fernández, dentro del proceso ejecutivo seguido por Hilarión Roque Martínez contra José Madrid Reynaga, reconociéndose el derecho de propiedad de la demandante sobre las dos bombas de distribución de carburantes instaladas en la Estación de Servicio "Llallagua", marca Tokheim y procederse al desembargo de las mismas ..."