CONSIDERANDO: que, el Juzgado de Partido de Sustancias Controladas de Cobija de conformidad al art
VISTOS: los recursos de casación interpuestos por los procesados Yolanda Gallardo Lobato (fs. 1681 a 1682 vlta.); Hugo Vila Bohórquez (fs. 1623 a 1625) y de Antonio Pinedo Suárez (fs. 1670 a 1675), impugnando el Auto de Vista de fs. 1618 a 1619 vuelta, de fecha 25 de noviembre de 2002, dictado por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la primera de las recurrentes, por el delito de encubrimiento en el delito de tráfico de sustancias controladas (Art. 75 con relación al Art. 48 de la Ley 1008) y contra los otros dos recurrentes por el delito de tráfico de sustancias controladas (Art. 48 con relación al Art. 33, inc. m) todos de la Ley 1008). Los requerimientos emitidos por la Fiscalía General de la República de fs. 1690 a 1691 y de fs. 1724 a 1727, la solicitud de extinción de la acción penal cursante de fs. 1719 a 1721, los antecedentes procesales, y ;
CONSIDERANDO: que, el Juzgado de Partido de Sustancias Controladas de Cobija de conformidad al art. 101 de la Ley 1008 de Sustancias Controladas, pronunció el Auto de Apertura de Proceso (fs. 205 y vuelta) contra Antonio Pinedo Suárez y Hugo Vila Bohórquez por los delitos de tráfico, asociación delictuosa y confabulación incursos en los Arts. 53 y 48 con relación al inc. m) del Art. 33 de la Ley 1008 y, contra Yolanda Gallardo Lobato por el ilícito penal de encubrimiento de tráfico de sustancias controladas previsto por el Art. 75 con relación al Art. 48 de la misma Ley 1008
- PARTES : Ministerio Público c/ Yolanda Gallardo Lobato y otros
- Tráfico de sustancias controladas y otro
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
- CONSIDERANDO: que, el Juzgado de Partido de Sustancias Controladas de Cobija de conformidad al art
- Que, luego de la apertura del debate y de la recepción de los elementos probatorios,
- Que, contra la mencionada sentencia, los incriminados apelaron habiendo la Sala Penal de la Corte
- Que, Antonio Pinedo Suárez, a su vez, por memorial de fs
- Que, Yolanda Gallardo Lobato, por su parte, de fs
- CONSIDERANDO: que, el Art
- Que, el recurso de nulidad de fs
- Que, en los recursos de casación de Yolanda Gallardo Lobato de fs
- CONSIDERANDO: que, de conformidad a la línea jurisprudencial establecida por la Corte Suprema de Justicia,
- Que, al margen de lo expresado, el hecho de haberse celebrado audiencias del debate mientras
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
