Con estos antecedentes, cuadra apuntar que
Con estos antecedentes, cuadra apuntar que:
I.- En el presente proceso, se resolvió la demanda sobre nulidad del testamento abierto otorgado por Luís Centellas Concha, otorgado mediante escritura pública No. 44/87 de 14 de octubre de 1987, y la reconvención referida a la nulidad del documento de compraventa, protocolizado bajo la escritura pública Nº 17 de 3 de agosto de 1970, por la presunta existencia de causa ilícita y error esencial sobre la naturaleza del contrato
- AUTO SUPREMO: Nº 182 Sucre, 31 de mayo de 2.005
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, formalizada la demanda por memorial de fs
- En apelación deducida por los demandados y adhesión de los actores, la expresada Sala Civil
- Esta resolución motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde considerar que por mandato del art
- Con estos antecedentes, cuadra apuntar que
- II
- III
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
