Auto Supremo AS/0204/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2005

Fecha: 08-Jun-2005

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la atribución primera del articulo 59 de la Ley de Organización Judicial, en acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 221-223, determina NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y en acuerdo con el requerimiento fiscal, cursante a fs. 216-217, en aplicación del art. 307-2) del Código de Procedimiento Penal anterior, declara INFUNDADOS, los recursos planteados cursantes a fs. 202- 204 y 205 -207 con costas