Auto Supremo AS/0217/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2005

Fecha: 20-Jun-2005

Los órganos de administración de justicia en cumplimiento de los principios constitucionales de división de


Los órganos de administración de justicia en cumplimiento de los principios constitucionales de división de Poderes y de independencia consagrados en los arts. 2º y 116 numeral VI de la C.P.E., establecen que la Corte Suprema de Justicia, las Cortes Superiores de Distrito, así como los Tribunales y Jueces de instancia, desarrollan la tarea de juzgar en la vía ordinaria, contenciosa y contencioso administrativa y la de hacer ejecutar lo juzgado, resolviendo controversias emergentes de la aplicación de la ley, conocida como administración de justicia ordinaria, siendo independientes en sus resoluciones, respecto de los otros dos Poderes del Estado, enmarcando sus resoluciones a la Constitución y las leyes de la República