En conocimiento del Auto de Vista Nº 059/04 de 26 de febrero de 2004, Ángel
En conocimiento del Auto de Vista Nº 059/04 de 26 de febrero de 2004, Ángel Saavedra Terán, interpone el recurso de casación en el fondo acusando la violación de los arts. 1 del Código de Seguridad Social; 16 del Decreto Ley Nº 14643 de 6 de junio de 1977; 477 y 595 del Reglamento del Código de Seguridad Social; 253 inc.3) del Código de Procedimiento Civil, Decreto Supremo 22766 de 2 de abril de 1991 y art. 23 del Decreto Supremo 24247 de 17 de marzo de 1996, pidiendo al Supremo Tribunal case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo le restituya su renta de vejez con carácter retroactivo. Recurso que sin respuesta de la Dirección de Pensiones se concede por Auto de fs.173
- AUTO SUPREMO Nº 195 - Administrativo Sucre, 18 de julio de 2005
- PARTES: Angel Saavedra Terán c/ Dirección de Pensiones
- RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez
- CONSIDERANDO
- En conocimiento del Auto de Vista Nº 059/04 de 26 de febrero de 2004, Ángel
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- Consiguientemente, siendo evidentes las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso intentado en la forma prevista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Fdo. Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Sucre, 18 de julio de 2005
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
