Auto Supremo AS/0230/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2005

Fecha: 26-Jul-2005

CONSIDERANDO: que del examen del proceso se establece que, conforme reglas de la materia, la


CONSIDERANDO: que del examen del proceso se establece que, conforme reglas de la materia, la demanda es planteada contra el re-currente en su calidad de persona natural, no jurídica, siendo inatinente la pretensión del recurrente de que para su juzgamiento se considere su calidad de vocero de una persona jurídica, puesto que la Ley Penal no reconoce ningún fuero ni privilegio personal, como establece puntual-mente el artículo 5º del Código Adjetivo Penal