Auto Supremo AS/0230/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2005

Fecha: 26-Jul-2005

Que no cursa antecedente de la retractación invocada que origine la extinción de la acción;


Que no cursa antecedente de la retractación invocada que origine la extinción de la acción; asimismo, las pruebas fueron judicializadas con-forme a procedimiento, por lo cual corresponde considerar que la culpabilidad se identifica con la infracción del deber, originando la acción de la sociedad mediante los tribunales en protección de un bien jurídico protegido por ley, en este caso, el honor de las personas