Auto Supremo AS/0245/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0245/2005

Fecha: 02-Ago-2005

Conforme la fundamentación precedente, remítanse actuados ante el Órgano Administrativo y Disciplinario del Poder Judicial,


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, ejerciendo jurisdicción y competencia de acuerdo a los artículos 25 y 26 de la Ley de Organización Judicial, con relación al artículo 50 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Pablo Dorado Churipuy, dentro el juicio oral, público y contradictorio seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto en el artículo 55 de la Ley 1008

Conforme la fundamentación precedente, remítanse actuados ante el Órgano Administrativo y Disciplinario del Poder Judicial, a efectos del artículo 135 del Código de Procedimiento Penal