CONSIDERANDO: que teniendo presente que el recurso de casación en análisis se resume en los
CONSIDERANDO: que teniendo presente que el recurso de casación en análisis se resume en los siguientes aspectos: a) inexis-tencia de acta de denuncia presentada por Agentes Encubiertos que hubieran informado del transporte de sustancias controladas; b) inexis-tencia de atestaciones de dichos Agentes Encubiertos; c) violación del derecho de defensa y de otros derechos y garantías constitucionales del inculpado; d) inobservancia del principio de contradicción, e) ilicitud en la obtención de la prueba de cargo, y f) pérdida de competencia del tribunal ad quem, se abre la competencia del tribunal de casación para ejercitar la facultad de control jurisdiccional, otorgada por el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, a fin de ingresar al examen de tales aspectos, revisar si los tribunales de grado y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la tramitación de los procesos y restablecer -de corresponder- el orden procesal penal que se acusa infringido, en resguardo de las garantías del debido proceso consagradas en el artículo 16-IV de la Carta Magna del Estado y disposiciones adjetivas de la materia, cuidando que el proceso se desarrolle sin vicios que invaliden las actuaciones
- PARTES: Ministerio Público c/ Pablo Dorado Churipuy
- Transporte de sustancias controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- CONSIDERANDO: que de fojas 333 a 348 cursa la Sentencia pronunciada en fecha 6 de
- Que impugnando el fallo de primera instancia, el procesado interpone apelación restringida, resuelta por la
- CONSIDERANDO: que el Auto Supremo pronunciado en fecha 7 de agosto de 2002 bajo el
- Que en cuanto al Auto de Vista pronunciado en fecha 21 de junio de 2002
- CONSIDERANDO: que teniendo presente que el recurso de casación en análisis se resume en los
- Que examinados los datos cursantes en el proceso con relación a los agravios expresados por
- Que en cuanto a la violación del derecho de defensa y de otros derechos y
- Que de lo anteriormente relacionado se concluye, en forma con-tundente, que no son evidentes las
- Que acusada la pérdida de competencia del tribunal ad quem, tal aspecto corresponde examinarse de
- Que del examen de obrados se tiene que la audiencia de fundamentación de la apelación
- Conforme la fundamentación precedente, remítanse actuados ante el Órgano Administrativo y Disciplinario del Poder Judicial,
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo: Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, dos de agosto de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
