Auto Supremo AS/0258/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2005

Fecha: 27-Ago-2005

Por otro lado, existe en el expediente suficiente prueba literal aportada, que demuestra que el


Por otro lado, existe en el expediente suficiente prueba literal aportada, que demuestra que el beneficiario evidentemente nació el 14 de febrero de 1942 (fs. 22 Certificado de Matrimonio; fs. 23 Certificado de Nacimiento obtenido con orden judicial; fs. 24 fotocopia legalizada de la Cédula de Identidad; fs. 36 Reconocimiento de hijo); es más, es la propia Dirección de Pensiones a fs. 27 que certifica el año 1942 como de nacimiento del asegurado