Auto Supremo AS/0276/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2005

Fecha: 29-Ago-2005

I


I.- En ese entendido, debemos puntualizar previamente que la acción pauliana es una acción reservada al acreedor, para lograr la revocatoria de los actos de disposición patrimonial que hiciera un deudor en perjuicio de la garantía general de sus acreencias, en fraude de los derechos del acreedor y con la participación de un tercero, que puede tener la intención de ayudarlo a facilitar la organización del fraude y perjuicio consiguiente. Es más, cuadra apuntar que "... La acción produce sus efectos a favor del acreedor que la ejercita y obtiene la revocación del acto fraudulento, beneficiándole en la medida de su interés. No produce efecto alguno, respecto del deudor, en realidad, porque este continúa obligado frente al tercero con el que celebró el acto revocado. El tercero tiene a salvo su derecho de repetir contra él ...". (Carlos Morales Guillén. Código Civil. Tomo II. Pág. 1868)