CONSIDERANDO: que de fojas 107 a 110 vuelta Edgar Mamani Blanco recurre en casación con
CONSIDERANDO: que de fojas 107 a 110 vuelta Edgar Mamani Blanco recurre en casación con el siguiente fundamento:
1.- Acusa de que el Auto de Vista recurrido da aplicación errónea al artículo 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley Nº 1008) por cuanto en su criterio para aplicar este tipo penal se debe previamente individualizar la participación del agente y establecer la responsabilidad penal cuando exista "plena prueba en contra del imputado"
- CONSIDERANDO: que de fojas 50 a 58 vuelta, el Tribunal de Sentencia Nº 2 de
- Que contra la aludida sentencia, recurren de apelación restringida Edgar Mamani Blanco e Isaac Gregorio
- Que la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Oruro, como Tribunal de alzada,
- CONSIDERANDO: que de fojas 107 a 110 vuelta Edgar Mamani Blanco recurre en casación con
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- CONSIDERANDO: que de la revisión y análisis de los precedentes invocados por el recurrente como
- Analizados cada uno de los precedentes contradictorios invocados se establece que si bien corresponde a
- Por los antecedentes anotados, no se ha demostrado la existencia de contradicción entre el Auto
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Relator: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintisiete de enero de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
