Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0212/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0212/2006

    Fecha: 02-Oct-2006

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario - Nulidad de escrituras y otros
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • VISTOS: Los recursos de casación en la forma de fs
    • Deducida la apelación por ambas partes litigantes, la Sala Civil Primera de la Corte Superior
    • En virtud a esta resolución, Severo Guarachi Ramos, en representación del codemandado Emilio Canaza, a
    • Por otro lado, los codemandados Luís Mamani Vino, Virginia Cuentas de Mamani, Isidro Villalobos Alvarado
    • CONSIDERANDO: Que, el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial otorga al Tribunal Supremo
    • Que, de la revisión de los obrados en función a su facultad fiscalizadora, este Tribunal
    • Estos dos actos procesales, similares en cuanto al planteamiento de la excepción perentoria de prescripción,
    • Como se podrá advertir, dos situaciones jurídicas similares en cuanto a su planteamiento y formulación,
    • Asimismo, se concluye que el a quo vulneró el principio de congruencia que debe existir
    • En consecuencia, velando porque el proceso se tramite sin vicios de nulidad, corresponde aplicar lo
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Proveído : Sucre, 2 de octubre de 2006
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca