POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de la Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé de Capobianco, Presidenta de la Sala Penal Primera, convocada al efecto, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Juan Carlos Machicado Benegas
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 99 a 100 vuelta, interpuesto por Juan Carlos
- La casación, tiene por objeto unificar la aplicación de la ley, materializando el valor supremo
- CONSIDERANDO: que a tiempo de formular recurso de casación el recurrente denuncia que fue injustamente
- Refiere que la sentencia se basó en elementos de prueba no incorporados legalmente al proceso,
- Refiere que no existió prueba plena en su contra por el delito atribuido acusando violación
- Finalmente acusa que existió quebrantamiento procesal, al aplicar erróneamente el artículo 243 del Código de
- CONSIDERANDO: que analizados los fundamentos del recurso, se tiene que si bien para su interposición
- Con relación a la denuncia de que no habría existido prueba plena en su contra
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diez de octubre de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
