Deducida la apelación por los demandantes, la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte
Deducida la apelación por los demandantes, la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante auto de vista No. 67/2004 de 1 de febrero, anuló obrados hasta fs. 44, disponiendo se de cumplimiento a lo dispuesto en el auto de fs. 42 vta., a través del cual se ordenó la integración al proceso de todos los herederos debidamente identificados de Ezequiel Erquicia Gardeazabal
- MINISTRO RELATOR: Abog. Julio Ortiz Linares
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Deducida la apelación por los demandantes, la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte
- En virtud a la resolución citada, los demandantes interpusieron recurso de casación en el fondo,
- En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria, corresponde señalar que
- Consiguientemente, en virtud a la naturaleza jurídica de los recursos extraordinarios analizados, en el recurso
- CONSIDERANDO: De la revisión de los antecedentes que informan al proceso, se establece que el
- Ahora bien, en este contexto, es evidente que el tribunal de apelación no se pronunció
- En consecuencia, al haberse interpuesto el recurso de casación en el fondo pretendiendo el análisis
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Abog. Julio Ortiz Linares
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 13 de noviembre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
