Auto Supremo AS/0262/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2006

Fecha: 15-Nov-2006

4) A fs


4) A fs. 114 y vta., la demandante Elisabeth Derzi Soliz, presentó memorial de respuesta y reconvención contra Pura Portillo Cruz, pidiendo, en el primero, su exclusión del presente proceso; y, en el segundo, la nulidad de la sentencia de reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho, por no haberse contemplado en dicho proceso la notificación con la demanda a los herederos forzosos e interesados al tenor de lo dispuesto por el artículo 214 del Código de Familia. Esta solicitud mereció la providencia de fs. 115, de 12 de febrero de 2003, en la que se estableció que Pura Portillo Cruz no interviene como parte en el proceso y que lo único que se tiene es que los herederos opositores señalaron que fue declarada heredera a la muerte del causante y que es excluida de la división por conveniencia de la demandante. En cuanto a la reconvención, determinó que dichos extremos deben tramitarse por cuerda separada