CONSIDERANDO: Que el recurso en análisis, cumplió con los requisitos de tiempo y forma previstos
CONSIDERANDO: Que el recurso en análisis, cumplió con los requisitos de tiempo y forma previstos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, toda vez que si bien el recurrente no cumplió a cabalidad con la obligación de invocar la doctrina legal a tiempo de formular el recurso de apelación restringida, sin embargo, denuncia en su recurso de casación, defectos en el fallo de alzada y para ello cumple con oportunidad la obligación de invocar el precedente, señalando la situación concreta en la que denuncia existiría contradicción, advirtiéndose que el recurso formulado cumple con los requisitos legales, debiendo darse aplicación al art. 418 del Código de Procedimiento Penal, y admitir el recurso deducido
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Identificado el objeto de la impugnación se debe puntualizar de manera clara los aspectos que
- CONSIDERANDO: Que a tiempo de impugnar la resolución de alzada, el recurrente, luego de realizar
- Asimismo, acusa que el fallo del a quo, no realizó una adecuada fundamentación, habiéndose limitado
- Que el Tribunal de mérito habría incurrido en errónea aplicación del art
- Finalmente acusa falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado, toda vez de que
- CONSIDERANDO: Que el recurso en análisis, cumplió con los requisitos de tiempo y forma previstos
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Sucre, trece de noviembre de dos mil seis
- Proveído.- Ximena Lucia Mendizabal Hurtado - Secretaria de Cámara.
