Regístrese y hágase saber
Asimismo en cumplimiento de la previsión del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría de Sala remítanse copias de los antecedentes del proceso a las Salas Penales de las Cortes Superiores de Distrito, a efecto de que se inhiban de resolver causas, donde se debatan las mismas cuestiones de hecho.
Regístrese y hágase saber
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Identificado el objeto de la impugnación se debe puntualizar de manera clara los aspectos que
- CONSIDERANDO: Que a tiempo de impugnar la resolución de alzada, el recurrente, luego de realizar
- Asimismo, acusa que el fallo del a quo, no realizó una adecuada fundamentación, habiéndose limitado
- Que el Tribunal de mérito habría incurrido en errónea aplicación del art
- Finalmente acusa falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado, toda vez de que
- CONSIDERANDO: Que el recurso en análisis, cumplió con los requisitos de tiempo y forma previstos
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Sucre, trece de noviembre de dos mil seis
- Proveído.- Ximena Lucia Mendizabal Hurtado - Secretaria de Cámara.
