CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: Los recursos de casación de fs. 772-779 y 785-786, interpuestos por Antoine Kuhn, Gerente General de la Empresa demandada, Aguas del Illimani S.A., y el demandante Juan Alípaz Aparicio, contra el auto de vista Nº 012/05-SSA-I de 3 de febrero de 2005, (fs. 742-743) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social de reincorporación seguido entre los recurrentes, las respuestas de fs. 787 y 791-792, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 46/2001 de 26 de mayo de 2001 (fs. 702-704), declarando improbada la demanda de fs. 6-7
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 012/05-SSA-I (fs
- En el recurso formulado por el representante de la empresa demandada, se alegó que se
- El demandante por memorial de fs
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- II
- III
- Partiendo de ese marco, se estable que el Tribunal ad quem a tiempo de emitir
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Monto que debe cancelarse previa la actualización prevista por el D
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
