Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o de casación de fs
En grado de apelación, a instancia del representante de la entidad demandada, por auto de vista No. 117/05 SSA-III de 6 de junio de 2005 (fs. 143), se confirmó en todas sus partes la sentencia apelada, con costas; luego, por auto complementario de 29 de julio de 2005 (fs. 147), se enmendó haciendo constar que la resolución es sin costas, al tratarse la demanda a una entidad del Estado, conforme al art. 39 de la Ley No. 1178.-
Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o de casación de fs. 152-155, sin precisar los fundamentos del mismo de manera separada, tanto el recurso de casación en el fondo o en la forma, en su caso ambas a la vez, impetrando se case el auto de vista recurrido declarando improbada la demanda, sin exponer un petitorio claro y concreto
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 6to del Trabajo y Seguridad Social de
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o de casación de fs
- El actor, se adhiere al recurso de casación por memorial de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen de ambos recursos, corresponde verificar si es o no evidente
- No obstante lo expuesto, del recurso de la parte demandada, se colige del mismo que
- En la especie, de los antecedentes del proceso se establece que, tanto el juez a
- En todo caso, sobre el contrato de beca suscrito entre el actor y la entidad
- II
- Que, al respecto, el actor ha equivocado la vía, al desconocer no sólo que el
- CONSIDERANDO III: Que, así analizados los recursos antes descritos, se concluye que los tribunales de
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario del profesional abogado, por ser ambas partes recurrentes
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
