Acusa también la violación del art
Acusa también la violación del art. 14 de la Ley No. 1760 de 28 de febrero de 1997 y de parágrafo II del art. 137 y parágrafo I del art. 251 del Código de Procedimiento Civil, sosteniendo que la entidad demandante no concurrió los días viernes y martes subsiguientes al día en que se dictó el auto cursante a fs. 56 de obrados, por lo que la notificación practicada a FADES, que se refleja en la segunda diligencia cursante a fs. 57, es válida legalmente
- DISTRITO : Chuquisaca PROCESO: Ordinario - División y partición
- CONSIDERANDO: El auto de vista confirma en forma total la sentencia de fs
- Contra la resolución de vista, el demandado recurre de casación en el fondo, acusando la
- Acusa también la violación del art
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, se evidencia que el a quo y
- En efecto, la norma citada prevé: "La perención de instancia no importará la extinción de
- En autos, los de grado han interpretado que después de transcurrir un año de la
- El razonamiento del a quo y del ad quem solo sería correcta si la redacción
- En autos, la declaratoria de perención data del 28 de abril de 2000, saliente en
- En cuanto a la acusada violación del art
- Sin embargo de lo anotado, no deja de extrañar al Tribunal Supremo que el tribunal
- Lo anteriormente expuesto, nos lleva a concluir que la excepción perentoria de extinción de la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Para resolución, interviene el señor Ministro Dr
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 6 de diciembre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
