Auto Supremo AS/0267/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2006

Fecha: 06-Dic-2006

En autos, los de grado han interpretado que después de transcurrir un año de la


En autos, los de grado han interpretado que después de transcurrir un año de la declaratoria de perención, recién se puede interponer la nueva demanda, lo que en otros términos, vendría en significar, que la acción se interpondría dentro del curso de los dos años