CONSIDERANDO: que, el sistema de recursos contemplados en el Código de Procedimiento Penal, tiene como
CONSIDERANDO: que, el sistema de recursos contemplados en el Código de Procedimiento Penal, tiene como objetivo efectivizar los derechos de los imputados de solicitar la revisión del fallo dictado en su contra al tenor de los Arts. 25 de la Ley Nº 1430 de 11 de febrero de 1993, 18 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; normas legales que expresamente consagran el derecho que tiene toda persona declarada culpable de un delito para que la resolución condenatoria, así como la pena impuesta, sean objeto de control posterior a través del estudio realizado por un Juez o Tribunal superior al que pronunció la sentencia condenatoria
- otro. Difamación y otro
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 168 a 170, interpuesto por Angélica Franco Condori
- CONSIDERANDO: que, el Juez de Sentencia Cuarto en lo Penal del Distrito Judicial de La
- Que contra la resolución citada de fojas 102 a 104, los imputados interponen el recuso
- CONSIDDERANDO: que, Angélica Franco Condori e Ignacio Condori Franco, recurren de casación de fojas 168
- 3
- CONSIDERANDO: que, el Auto de Vista Nº 19/06 de 15 de marzo de 2006, dictado
- CONSIDERANDO: que, del análisis del contenido del recurso de casación opuesto, se evidencia que el
- CONSIDERANDO: que, el sistema de recursos contemplados en el Código de Procedimiento Penal, tiene como
- A propósito cabe señalar que las penas son las consecuencias del delito, pues a todo
- El Art
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Por lo señalado precedentemente, con la facultad que confiere al Tribunal Supremo el Art
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención
- En sujeción del Art
- La Ministra y Presidenta de la Sala Penal Primera Dra
- RELATORA: Ministra Dra. Rosario Canedo Justianino
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
