Por lo señalado precedentemente, con la facultad que confiere al Tribunal Supremo el Art
Por lo señalado precedentemente, con la facultad que confiere al Tribunal Supremo el Art. 50 inc. 1) de la Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999, cuando advierte que en el proceso se han pronunciado fallos que atentan contra el debido proceso, que afectan el Art. 169 inc. 3) y 370 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal, corresponde regularizar el procedimiento, disponiendo que el Tribunal Ad-quem, dicte un nuevo Auto de Vista aplicando la Doctrina Legal adoptada en éste Auto Supremo, garantizado a la vez los principios de universalidad, legalidad y probidad jurisdiccional que debe caracterizar a todo Tribunal de justicia
- otro. Difamación y otro
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 168 a 170, interpuesto por Angélica Franco Condori
- CONSIDERANDO: que, el Juez de Sentencia Cuarto en lo Penal del Distrito Judicial de La
- Que contra la resolución citada de fojas 102 a 104, los imputados interponen el recuso
- CONSIDDERANDO: que, Angélica Franco Condori e Ignacio Condori Franco, recurren de casación de fojas 168
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- CONSIDERANDO: que, el Auto de Vista Nº 19/06 de 15 de marzo de 2006, dictado
- CONSIDERANDO: que, del análisis del contenido del recurso de casación opuesto, se evidencia que el
- CONSIDERANDO: que, el sistema de recursos contemplados en el Código de Procedimiento Penal, tiene como
- A propósito cabe señalar que las penas son las consecuencias del delito, pues a todo
- El Art
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Por lo señalado precedentemente, con la facultad que confiere al Tribunal Supremo el Art
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención
- En sujeción del Art
- La Ministra y Presidenta de la Sala Penal Primera Dra
- RELATORA: Ministra Dra. Rosario Canedo Justianino
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
