CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, ingresando a su análisis en relación a los
CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso y de las disposiciones legales cuya infracción se acusa, se tiene:
Que, en el marco de la irrenunciabilidad de los derechos laborales, que consagran los arts. 162 de la C.P.E. y 4º de la L.G.T., el objeto del proceso laboral es el reconocimiento de los derechos consignados en la ley substancial a favor de los trabajadores, criterio con el cual, se entiende, los Jueces forman libremente su convicción, inspirándose en los principios que informan la crítica de la prueba, atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes, todo esto conforme la previsión de los arts. 3º incs. f), g), h) y j), 59 y 158 del Cód. Proc. Trab
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 288/2005 de 24 de octubre de
- Que, contra el auto de vista, ambas partes del proceso, interponen los recursos de casación
- b)
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, ingresando a su análisis en relación a los
- Que, en ese marco constitucional y legal el Tribunal ad quem, confirma la sentencia de
- Que, los argumentos expuestos en el recurso de casación, interpuesto por la entidad demandada, no
- Que, con relación al recurso de casación en la forma, interpuesto por el actor, sin
- Consiguientemente, corresponde resolver los recursos planteados en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
