Auto Supremo AS/1403/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1403/2006

Fecha: 12-Dic-2006

En autos, el Tribunal ad quem, a fin de justificar la inexistencia de la prescripción


En autos, el Tribunal ad quem, a fin de justificar la inexistencia de la prescripción alegada por la entidad demandada, fundamentó su resolución en normas del Código Civil vigente y del Código Civil abrogado, sin tomar en cuenta que en materia laboral, existe normativa expresa sobre el particular y que impide la aplicación subsidiaria de dichas normas, pues conforme establece tanto el art. 126 del Cód. Proc. Trab., como la abundante jurisprudencia emitida por este Tribunal, la prescripción comienza a correr, desde el momento en que el derecho se hizo exigible; es decir, luego de haberse cumplido el plazo de los 15 días, instituido por el art. 1º del D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992; y se interrumpe y reanuda un nuevo cómputo por similar periodo, con la presentación de reclamos, solicitudes u otras similares, tanto ante el Empleador, la representación del Ministerio del Trabajo o en estrados judiciales, sin que sea necesaria la citación expresa con la demanda, como sucede en materia civil, que tiene su propia normativa sobre el particular