MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1403
Sucre, 12 de diciembre de 2.006
DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social.
PARTES: Carlos Jijena Zenteno c/ Federación Boliviana de Futbol.
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Sucre, 12 de diciembre de 2.006
DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social.
PARTES: Carlos Jijena Zenteno c/ Federación Boliviana de Futbol.
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales, el Juez Segundo
- En grado de apelación, formulada por la apoderada de la Federación Boliviana de Fútbol demandada,
- Dicha resolución motivó el recurso de casación y/o nulidad interpuesto por el apoderado de la
- Concluyó indicando que al estar demostradas las causales de nulidad o casación, corresponde determinar la
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, ingresando a su análisis en relación a los
- En autos, el Tribunal ad quem, a fin de justificar la inexistencia de la prescripción
- II
- III
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
