Acusa que en los edictos de publicación para citar a una de las co demandadas
Acusa que en los edictos de publicación para citar a una de las co demandadas se hizo a la Sra. Arminda Pardo Andrade y lo correcto es Arminda Pardo Mamani, citando a una persona inexistente, por lo que se debería anular obrados hasta el vicio mas antiguo. Finalmente que el auto de vista solo hace mención al memorial de interposición de su recurso de apelación pero no se hace consideración alguna sobre dicho memorial, por lo que pide se case el auto de vista
- CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
- Contra la resolución de vista, los co demandados Ramiro Pardo Andrade, Roberto Pardo Andrade, Abel
- Acusa que en los edictos de publicación para citar a una de las co demandadas
- CONSIDERANDO: Que, no obstante que el recurso de casación dice estar interpuesto solo en el
- Revisados los obrados, este Tribunal observa que es evidente que la acción de división y
- Extremo que se hace notar por los ahora recurrentes, en su memorial de apelación de
- Sobre el particular, es evidente que en materia de nulidades rige el principio de transcendencia,
- Tampoco se puede admitir el argumento del demandante cuando sostiene que la falta de forma
- Preocupa al Tribunal Supremo que el auto de vista no se pronunció sobre este vicio
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Proveído : Sucre, 1º de Marzo de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
