Extremo que se hace notar por los ahora recurrentes, en su memorial de apelación de
Extremo que se hace notar por los ahora recurrentes, en su memorial de apelación de fs. 331 a 332 de obrados y al cual responde el demandante a fs. 336 a 337, memorial en cuyo otrosí sexto, admite que el nombre correcto de Arminda Pardo es "Arminda Pardo Mamani" y no "Arminda Pardo Andrade" como fue citada por edictos, aunque sostiene que de conformidad al art. 129 del Adjetivo civil toda falta de forma en la citación quedará cubierta si no es reclamada antes o a tiempo de la contestación, quedando convalidada por el silencio de la interesada y que no le corresponde a Ramiro Pardo reclamar por no tener personería para ello
- CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
- Contra la resolución de vista, los co demandados Ramiro Pardo Andrade, Roberto Pardo Andrade, Abel
- Acusa que en los edictos de publicación para citar a una de las co demandadas
- CONSIDERANDO: Que, no obstante que el recurso de casación dice estar interpuesto solo en el
- Revisados los obrados, este Tribunal observa que es evidente que la acción de división y
- Extremo que se hace notar por los ahora recurrentes, en su memorial de apelación de
- Sobre el particular, es evidente que en materia de nulidades rige el principio de transcendencia,
- Tampoco se puede admitir el argumento del demandante cuando sostiene que la falta de forma
- Preocupa al Tribunal Supremo que el auto de vista no se pronunció sobre este vicio
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Proveído : Sucre, 1º de Marzo de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
