- CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
- Contra la resolución de vista, los co demandados Ramiro Pardo Andrade, Roberto Pardo Andrade, Abel
- Acusa que en los edictos de publicación para citar a una de las co demandadas
- CONSIDERANDO: Que, no obstante que el recurso de casación dice estar interpuesto solo en el
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- Extremo que se hace notar por los ahora recurrentes, en su memorial de apelación de
- Sobre el particular, es evidente que en materia de nulidades rige el principio de transcendencia,
- Tampoco se puede admitir el argumento del demandante cuando sostiene que la falta de forma
- Preocupa al Tribunal Supremo que el auto de vista no se pronunció sobre este vicio
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Proveído : Sucre, 1º de Marzo de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
