CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, que a su vez declaró probada
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 44 Sucre, 20 de Marzo de 2006
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre pago de mejoras
PARTES : Orfa Benita Soliz Hoyos c/ Elizabeth Callaú Barbery
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 401 a 402 y de fs. 405 a 406 interpuestos por Elizabeth Callaú Barbery y Orfa Benita Soliz Hoyos, respectivamente, contra el auto de vista de fs. 386, pronunciado el 16 de octubre de 2003 por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el ordinario sobre pago de mejoras seguido por Orfa Benita Soliz Hoyos contra Elizabeth Callaú Barbery, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, que a su vez declaró probada en parte la demanda de fs. 24 a 25 en lo que se refiere al pago de mejoras por la suma de Dólares Americanos Seis Mil Doscientos Cincuenta y Dos 80/100, e improbada en lo que se refiere al pago por la guarda y conservación del inmueble, ordenando a la demandada Elizabeth Callaú Barbery el pago de la referida suma
AUTO SUPREMO N° 44 Sucre, 20 de Marzo de 2006
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre pago de mejoras
PARTES : Orfa Benita Soliz Hoyos c/ Elizabeth Callaú Barbery
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 401 a 402 y de fs. 405 a 406 interpuestos por Elizabeth Callaú Barbery y Orfa Benita Soliz Hoyos, respectivamente, contra el auto de vista de fs. 386, pronunciado el 16 de octubre de 2003 por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el ordinario sobre pago de mejoras seguido por Orfa Benita Soliz Hoyos contra Elizabeth Callaú Barbery, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, que a su vez declaró probada en parte la demanda de fs. 24 a 25 en lo que se refiere al pago de mejoras por la suma de Dólares Americanos Seis Mil Doscientos Cincuenta y Dos 80/100, e improbada en lo que se refiere al pago por la guarda y conservación del inmueble, ordenando a la demandada Elizabeth Callaú Barbery el pago de la referida suma
- CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, que a su vez declaró probada
- Resolución de vista, que motiva los recursos de casación interpuestos tanto por la demandante Orfa
- La demandante Orfa Benita Soliz Hoyos, en su recurso de casación en el fondo de
- Por su parte, la demandada en su recurso de casación en el fondo que interpuso
- Sostiene que tampoco le dieron valor probatorio al testimonio del juicio de usucapión de fs
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación se halla considerado como una demanda nueva de puro
- Nada de lo exigido ha cumplido la demandante Orfa Benita Soliz Hoyos en su recurso
- CONSIDERANDO: Que, en cuanto al recurso interpuesto por la demandada Elizabeth Callaú Barbery, de la
- En efecto, la sentencia pronunciada por el juez a quo, estimó la demanda y la
- La respuesta de Orfa Soliz Hoyos, que data del 15 de julio de 1993, sumado
- De igual modo no han sido valoradas por los de instancia las documentales de descargo
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dr. Juan José Gonzáles Osio
- Proveído : Sucre, 20 de Marzo de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
