La respuesta de Orfa Soliz Hoyos, que data del 15 de julio de 1993, sumado
La respuesta de Orfa Soliz Hoyos, que data del 15 de julio de 1993, sumado al certificado de defunción de fs. 41 que informa que Oscar Callaú Cortés falleció el 26 de abril de 1993, indudablemente llevan a concluir que la ahora demandante Orfa Soliz Hoyos en el año 1995 no habitaba el inmueble de la calle "El Carmen" esquina "Riquio", consiguientemente menos podía haber introducido las mejoras cuyo pago persigue con la acción que nos ocupa, habida cuenta que según el contrato de construcción por sistema de obra vendida que cursa de fs. 7 a 8, ha sido suscrito el 25 de agosto de 1995, obra que debía ser construida en el plazo de sesenta días, vale decir, hasta octubre de 1995, cuando Orfa Soliz Hoyos por su propia declaración, ya no habitaba ese inmueble sino su hogar sito en la calle Ballivián Nº 615, domicilio que lo reitera también en el otrosí 7º de la demanda que nos ocupa y que corre de fs. 24 a 25
- CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia apelada, que a su vez declaró probada
- Resolución de vista, que motiva los recursos de casación interpuestos tanto por la demandante Orfa
- La demandante Orfa Benita Soliz Hoyos, en su recurso de casación en el fondo de
- Por su parte, la demandada en su recurso de casación en el fondo que interpuso
- Sostiene que tampoco le dieron valor probatorio al testimonio del juicio de usucapión de fs
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación se halla considerado como una demanda nueva de puro
- Nada de lo exigido ha cumplido la demandante Orfa Benita Soliz Hoyos en su recurso
- CONSIDERANDO: Que, en cuanto al recurso interpuesto por la demandada Elizabeth Callaú Barbery, de la
- En efecto, la sentencia pronunciada por el juez a quo, estimó la demanda y la
- La respuesta de Orfa Soliz Hoyos, que data del 15 de julio de 1993, sumado
- De igual modo no han sido valoradas por los de instancia las documentales de descargo
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dr. Juan José Gonzáles Osio
- Proveído : Sucre, 20 de Marzo de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
