POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de la Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé de Capobianco, Ministra de la Sala Penal Primera, convocada al efecto, en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por Miguel Angel Melgar Melgar cursante de fojas 367 a 368 y Henry Pontons Durán de fojas 372 a 373
- PARTES: Ministerio Público c/ Miguel Angel Melgar M
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos
- CONSIDERANDO: que Miguel Angel Melgar Melgar basa su recurso en los siguientes aspectos
- 2
- 3
- 4
- 5.- Que existe por lo anterior "defecto de sentencia"
- Invoca como precedentes contradictorios al fallo recurrido los Autos de Vista de 4 de diciembre
- Por lo que solicita se proceda a anular la sentencia condenatoria y se proceda a
- Por su parte el imputado Henry Pontons Durán fundamenta su recurso en los siguientes aspectos
- Respecto al recurso de casación de Henry Pontons Durán de la misma manera incumple con
- En relación a la indebida valoración probatoria y los defectos del proceso, estos aspectos ya
- La línea doctrinal sentada por este máximo Tribunal de Justicia va en el sentido de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, dieciocho de mayo de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
