Auto Supremo AS/0175/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2006

Fecha: 12-Jun-2006

Así mismo, este Tribunal a abierto excepcionalmente su competencia casacional, cuando entre los motivos que


Así mismo, este Tribunal a abierto excepcionalmente su competencia casacional, cuando entre los motivos que denuncia el recurrente, existen graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyen defectos absolutos no susceptibles de convalidación, flexibilizando los requisitos del recurso, en pro de la justicia, como fin último del derecho