Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción del artículo 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, artículo 50 inc. 1), parte final del artículo 417 y primera parte del artículo 418 de la Ley Nº 1970, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Irma Carvajal Vda. de Cuéllar, fojas 431 a 432 vuelta, por la falta de cumplimiento de los requisitos formales, exigidos en los artículos 416 y 417 del mismo cuerpo legal.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- PARTES : Irma Carvajal Vda. de Cuéllar c/ Israel Cuéllar Medellín y otros
- Abuso de confianza y otros
- CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales
- CONSIDERANDO: que, Irma Carvajal Vda
- 2
- 3
- 4
- 5
- Finaliza pidiendo al Tribunal Supremo, que deje sin efecto el fallo objeto del presente recurso
- CONSIDERANDO: que, del análisis del recurso se evidencia si bien la acusadora particular, interpone el
- Que esta forma inadecuada de deducir el recurso de casación hace que el Máximo Tribunal,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
