Acusa, asimismo, la violación de los arts
Acusa, asimismo, la violación de los arts. 157 de la C.P.E., 2 de la L.G.T. y 5 de su Decreto Reglamentario, porque como entidad demandada ha demostrado, en primera instancia, que no tiene nexo jurídico que acredite la relación empleado-patronal que justifique el pago del período comprendido entre marzo de 2000 y mayo de 2001 por incremento a tiempo completo, ya que el Rector no emitió ningún memorándum de designación ni dio su consentimiento para el incremento de la carga horaria a tiempo completo del demandante
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Esta resolución motivó la interposición del recurso de casación en el fondo que se analiza,
- Acusa, asimismo, la violación de los arts
- CONSIDERANDO II: Que, en la especie, la entidad recurrente persigue, a través de la presente
- Que, la controversia sometida a juicio se circunscribe al reconocimiento o no de salarios devengados
- Conforme también está demostrado y admitido por la propia entidad demandada, el demandante no percibió,
- Ahora bien, conforme también lo ha determinado el Tribunal de apelación, por disposición constitucional contenida
- De ello se concluye, como también en forma acertada lo determinó el inferior, que el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
