Auto Supremo AS/0335/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2006

Fecha: 23-Jun-2006

Consecuentemente, no estando justificadas las alegaciones del recurso, corresponde resolver de conformidad a lo dispuesto


Consecuentemente, no estando justificadas las alegaciones del recurso, corresponde resolver de conformidad a lo dispuesto por el art. 273 del Cód. Pdto. Civ., aplicable por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab